Tribunal Electoral invalida recursos y da luz verde a la votación para juzgadores
Resumen:
El Tribunal blindó al INE y al Senado para continuar con la organización de la elección derivada de la reforma judicial. Tres magistrados del Tribunal Electoral determinaron en definitiva que ninguna autoridad ni poder puede paralizar la elección judicial, por lo que las 280 suspensiones y las sanciones que implicaría el no acatarlas "no tienen ningún efecto".
Transcripción:
El Tribunal blindó al INE y al Senado para continuar con la organización de la elección derivada de la reforma judicial. Tres magistrados del Tribunal Electoral determinaron en definitiva que ninguna autoridad ni poder puede paralizar la elección judicial, por lo que las 280 suspensiones y las sanciones que implicaría el no acatarlas "no tienen ningún efecto".
Con esta decisión se blindó al Consejo General de dicho instituto y al Senado para continuar con el proceso de inmediato.
"Es constitucionalmente inviable suspender la realización del procedimiento electoral de personas juzgadoras o de algunas de las etapas. El Senado, el INE y las demás autoridades deben continuar con las fases del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial 2024-2025 por tratarse de un mandato expresamente previsto en la Constitución vigente".
Por lo tanto, "ninguna autoridad, poder u órgano del Estado puede suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas a las etapas del procedimiento electoral judicial", sentenció la Sala Superior de manera definitiva e inatacable.
La Mesa Directiva del Senado y el INE solicitaron a la Sala Superior una nueva sentencia de acción declarativa, en la que se posicionara sobre las suspensiones que tienen paralizada la elección y las consecuencias económicas y penales con las que los jueces de Distrito han amagado al Consejo General.
Con un proyecto del magistrado Felipe Fuentes, la mayoría de la Sala Superior determinó otorgar una medida cautelar declarando que estas suspensiones no tienen ningún efecto electoral, por lo que el INE debe retomar la organización, pues de lo contrario estará incumpliendo sus obligaciones constitucionales. "Para responder la pregunta de si tienen efectos las suspensiones decretadas que pretenden paralizar la organización del proceso electoral, la respuesta es no".
"Los juzgadores de amparo no deben intervenir en una cuestión que está reservada para este Tribunal y, en consecuencia, sus determinaciones carecen de validez en este campo, ya que van en contra del mandato constitucional".
El magistrado Fuentes expuso que ninguna sanción que los jueces han advertido puede ser un motivo para que las entidades ordenadas constitucionalmente a realizar el proceso judicial incumplan con sus obligaciones.
Sin embargo, la magistrada presidenta Mónica Soto aseguró que su voto no implicaba pronunciarse sobre la validez de las suspensiones judiciales, sino que solo abarcaba un pronunciamiento en cuanto a las obligaciones constitucionales en materia electoral que tiene el INE.
Con esta postura coincidió el magistrado Felipe de la Mata, quien citó el reciente decreto de supremacía constitucional.
Su par, Janine Otálora, reiteró su postura de que el Tribunal Electoral debía esperar el pronunciamiento de las acciones de inconstitucionalidad que todavía tiene en trámite la Corte, mientras que Reyes Rodríguez Mondragón sostuvo que el pronunciamiento de la Sala Superior "propicia la incertidumbre jurídica".