El Tribunal Electoral local revocó el acuerdo del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) con el que interpuso medidas cautelares para que servidores públicos de Morena eliminaran publicaciones en las que asocian al candidato panista, Santiago Taboada, con la comisión de delitos.
Transcripción:
El Tribunal Electoral local revocó el acuerdo del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) con el que interpuso medidas cautelares para que servidores públicos de Morena eliminaran publicaciones en las que asocian al candidato panista, Santiago Taboada, con la comisión de delitos.
En varios de los contenidos, los morenistas relacionaron al aspirante a la Jefatura de Gobierno por la Alianza PAN-PRI-PRD con la operación de un Cártel Inmobiliario.
Los magistrados advirtieron que la Comisión de Quejas del IECM hizo una valoración inadecuada de 17 publicaciones en redes sociales que realizaron políticos de Morena.
Pues el contenido lo evaluó de manera generalizada y no de forma individual, además de que el Instituto no puede iniciar procedimientos sancionadores por campaña negra ni denigración.
"Se denunció primigeniamente la comisión de calumnia, denigración y vulneración a los principios de equidad en la contienda, sin embargo (...), no es jurídicamente posible que la responsable (el IECM) iniciara un procedimiento sancionador por denigración o campaña negativa.
"Conforme a lo anterior, se propone revocar el acuerdo controvertido a efecto de que la responsable emita uno de forma fundada y motivada, en el que se pronuncie nuevamente respecto al inicio y el dictado de medidas cautelares", explicó en una sesión la secretaria general, Elizabeth Valderrama.
Tras ello, el Tribunal Electoral de la CDMX dio un plazo de 48 horas para que el IECM haga una nueva valoración e identifique cuáles publicaciones de los morenistas son calumnias y cuáles están asociadas a la libertad de expresión.
Así, el árbitro de la contienda capitalina deberá emitir un nuevo acuerdo en la materia.
"Respecto a las 17 publicaciones denunciadas, omitió (el IECM) precisar cuál es la conducta posiblemente infractora.
"Pues se limitó a sostener que estas podrían afectar la imagen del promovente de cara al próximo proceso electoral, sin expresar en qué forma se actualiza tal infracción", añadió Valderrama.