Resumen:
En una victoria parcial para Alessandra Rojo de la Vega, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó hoy la resolución que anulaba los comicios en la alcaldía Cuauhtémoc.
Transcripción:
En una victoria parcial para Alessandra Rojo de la Vega, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó hoy la resolución que anulaba los comicios en la alcaldía Cuauhtémoc.
Así, los magistrados de la Sala Regional determinaron que es válida la entrega de la constancia de mayoría para Alessandra Rojo como alcaldesa electa y de los candidatos a concejales que la acompañaron en planilla por la coalición VaXLaCDMX.
Es una victoria parcial porque minutos después de que la Sala Regional avaló el triunfo de Rojo de la Vega, la candidata de Morena a alcaldesa en Cuauhtémoc Catalina Monreal anunció que impugnará la decisión ante la Sala Superior del propio TEPJF.
"Lamento la decisión de la Sala Regional, definitivamente no usaron las gafas violetas. La sentencia (precisamente) emitida por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México es correcta", escribió Monreal en sus redes sociales.
LA RESOLUCIÓN
Durante una sesión pública que se celebró este mediodía, los tres magistrados de la Sala Regional consideraron que el Tribunal Electoral capitalino (TECDMX) no analizó "en forma contextual" los hechos que le llevaron a anular los comicios en la alcaldía Cuauhtémoc.
Para los magistrados federales, el análisis que hicieron sus pares del TECDMX se hizo de manera fraccionada y aislada.
Todo ello "oscureció y descontextualizó el verdadero mensaje que se pretendía emitir con las expresiones denunciadas", argumentaron en la Sala Regional.
Además, expusieron que de un análisis integral de los hechos denunciados no se advierte que las críticas de Alessandra Rojo dirigidas a Catalina Monreal estuvieran encaminada a cuestionarla por ser mujer, sino que estaban dirigidas a cuestionar su afinidad política, es decir, señalar el grupo político del que forma parte, en el cual hay personas familiares suyas.
Así, resolvieron que no se acreditó la violencia política en contra de las mujeres por razón de género como lo acusa Catalina Monreal.
Se resolvió que las críticas dirigidas hacia una mujer por su afinidad política o familiar no actualizan en lo automático dicha infracción, pues tendrían que estar acompañadas de un elemento de género, ya sea roles o estereotipos de género, lo que no sucedió en el caso.
Los magistrados federales concluyeron así que las expresiones de Alessandra Rojo fueron opiniones vertidas dentro del proceso electoral "que si bien fueron duras, ríspidas y vehementes, son válidas en el contexto de los procesos electorales y por tanto están amparadas por la libertad de expresión que es un derecho fundamental en un democracia", se lee en la resolución.
SIN CALUMNIA
En esa misma sesión pública, Alejandra Rojo se anotó una victoria más contra Catalina Monreal, derivado de un procedimiento especial sancionador que esta última impuso en contra de su adversaria.
En ese procedimiento, Monreal buscaba que Rojo de la Vega quedara inscrita en el Registro Nacional de Agresores, al acusarla por violencia política contra las mujeres en razón de género y calumnia.
Los magistrados también echaron para atrás esa resolución del TECDMX que impediría a Alessandra Rojo volver a participar como candidata en una elección en caso de que la Sala Superior anule en definitiva los comicios del pasado 2 de junio.
Los magistrados de la Sala Regional reiteraron que no se corroboran la calumnia electoral ni la violencia de género por parte de Rojo de la Vega, pues sus dichos están amparados en la libertad de expresión.
"Del examen integral, sobre el sentido de los mensajes, no se visualiza propósito o resultado discriminador contra la persona denunciante (Catalina Monreal) con contenido estereotipado.
"En el marco del derecho a la libertad de expresión en materia política, la candidata denunciada (Alessandra Rojo) respondió de manera espontánea a cuestionamientos en los que fijó una postura contraria, considerándola (a Monreal) como parte de un grupo político, encabezado por familiares de la denunciante", estableció la Sala Regional.
Así, determinó revocar de manera lisa y llana la resolución del TECDMX que ponía a Rojo de la Vega como agresora.