Perfilan dar luz verde al INE para elección judicial


Resumen:

Felipe de la Mata Pizaña, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), propondrá a sus homólogos de la Sala Superior considerar procedente la acción declarativa solicitada por el instituto Nacional Electoral (INE) y determinar que es constitucionalmente inviable suspender actos que se relacionen con el desarrollo de los procedimientos electorales para 2025.

Transcripción:

Felipe de la Mata Pizaña, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), propondrá a sus homólogos de la Sala Superior considerar procedente la acción declarativa solicitada por el instituto Nacional Electoral (INE) y determinar que es constitucionalmente inviable suspender actos que se relacionen con el desarrollo de los procedimientos electorales para 2025.

Sin embargo, el proyecto aclara que "no es materia ni forma parte de algún pronunciamiento analizar la procedencia alcance de las determinaciones adoptadas por diversas personas juzgadoras de distrito, ni implica la resolución de conflicto competencial alguno, sino que se trata de una determinación sobre la petición de una acción declarativa en torno a si, con base en la normatividad, es posible que el INE suspenda las actividades a las que constitucionalmente está obligada. Por lo que sus resoluciones no serán modificadas, confirmadas, ni revocadas en esta sentencia" De esta manera, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación evita pronunciarse sobre los amparos otorgados por jueces y juezas en contra de la organización de los comicios judiciales, pues no tiene competencia para hacerlo, pero SÍ deja en claro que el INE puede continuar con la organización de los comicios.

Debido a que los amparos no proceden en materia electoral, según el artículo 107 de la Constitución, el magistrado propone en el documento que "se determina, de manera declarativa, que el INE no puede detener las actividades electorales que se derivan del inicio de un proceso electoral por mandato normativo, por ser de orden público y estar constitucionalmente así previsto" El proyecto de sentencia subraya que "concluir lo contrario implicaría paralizar a los entes del Estado, tanto de aquellos que tienen la atribución de organizar la elección, como de los que tienen facultades para resolver las controversias que se susciten con motivo de la elección".

Este proyecto de sentencia será discutido durante la sesión de hoy de la Sala Superior y no tiene nada que con las controversias y acciones de inconstitucionalidad que partidos políticos han interpuesto en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la reforma al Poder Judicial

El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña señala que el INE no puede detener las actividades del proceso de elección judicial, por ser de orden público y estar previsto así en la Constitución.