Resumen:
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (Tecdmx) revocó las medidas cautelares emitidas contra varios morenistas, entre ellas destaca la candidata a la Jefatura de Gobierno, Clara Brugada, por sanciones para evitar relacionar a su adversario, Santiago Taboada, con el cártel inmobiliario en la alcaldía Benito Juárez.
Transcripción:
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (Tecdmx) revocó las medidas cautelares emitidas contra varios morenistas, entre ellas destaca la candidata a la Jefatura de Gobierno, Clara Brugada, por sanciones para evitar relacionar a su adversario, Santiago Taboada, con el cártel inmobiliario en la alcaldía Benito Juárez.
Durante una sesión pública, el órgano electoral resolvió 11 juicios políticos promovidos por candidatos, funcionarios y actores de Morena en contra del acuerdo de la Comisión de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM).
Dicha institución electoral había ordenado el inicio del procedimiento sancionador por infracciones consistentes en calumnia, denigración y propaganda negativa, además había ordenado la eliminación de publicaciones en YouTube, Facebook y X.
¿Qué candidatos de Morena impugnaron ante el IECM?
Acorde con la institución, un total de nueve morenistas impugnaron ante la institución, lo cuales son:
Mario Delgado, presidente nacional del partido.
Sebastián Ramírez, presidente del partido en Ciudad de México.
Citlalli Hernández, secretaria general
Ernestina Godoy, candidata al Senado
Fernando Mercado, candidato por alcaldía Magdalena Contreras
Leticia Varela, candidata por alcaldía Benito Juárez
Dunia Ludllow y César Cravioto, miembros de la campaña de Clara Brugada
Fadlala Akabani, secretario de Desarrollo Económico
La secretaria general del Tecdmx, Elizabeth Valderrama López, al dar lectura al proyecto aprobado, mencionó lo siguiente respecto a las restricciones en los candidatos políticos.
"Con relación al estudio de fondo, se propone declarar fundado el agravio relativo a la inconstitucionalidad del inicio del procedimiento por denigración, ya que la Comisión responsable no tomó en cuenta la reforma al artículo 41 de la constitución federal"
"Lo anterior se estima también aplicable para el inicio del procedimiento por campaña negra o negativa, ya que bajo la misma lógica tampoco se podía poner restricciones a la libertad de expresión no previstas a nivel constitucional", aseguró.
Además, estipuló que las manifestaciones de los partidarios de Morena contribuyen al debate político, esto en el contexto de las campañas electorales rumbo a las próximas elecciones.
"La restricción que impone la normativa electoral local en el sentido de prohibir la difusión, por cualquier medio, información que se considere campaña negativa o denigración, distinta a la calumniosa, no es acorde con la constitución federal, así como de instrumentos internacionales", declaró.
Tras la revocación, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México ordenó que la Comisión de Quejas deberá emitir un nuevo acuerdo, en el cual se tendrá que pronunciar de manera fundada y motivada el inicio del procedimiento sancionador y las medidas cautelares.
IAZD