Columna Invitada // PRD como partido político local en la CDMX


Resumen:

PRD como partido político local en la CDMX.

Transcripción:

SONIA PÉREZ PÉREZ COLUMNA INVITADA

PRD como partido político local en la CDMX

EL 19 de agosto tuve la oportunidad de publicar en este mismo espacio un artículo titulado ¿pérdida de registro de partidos políticos?, que adelantaba algunas reglas y alternativas jurídicas para el PRD, en caso de perder su registro a nivel nacional.

De ese momento a la fecha han sucedido diversas cuestiones que sería oportuno comentar.

¿QUÉ PASÓ CON EL PRD NACIONAL? El 19 de septiembre el INE emitió un dictamen en el que declaró la pérdida de su registro como partido político nacional, en virtud de no haber obtenido por lo menos el 3% de la votación válida emitida en las elecciones federales del 2 de junio de 2024.

Este dictamen quedó firme por no haber sido impugnado.

Una de las alternativas que tenía el

PRD en la Ciudad de México era solicitar su registro como partido político local, al obtener en las pasadas elecciones locales más del 3% de la votación válida emitida y haber postulado candidaturas propias en al menos la mitad de las Alcaldías o los distritos, cumpliendo con ello con los requisitos de la normativa tanto federal como local. ¿El PRD cumplió con los requisitos que exige la normatividad para obtener su registro como partido local? El pasado 21 de octubre el IECM resolvió la citada solicitud y determinó otorgar al PRD su registro como partido político local con la denominación Partido de la Revolución Democrática Ciudad de México. En el dictamen se dio cuenta que se cumplieron con los requisitos legales, entre otros aspectos, la petición fue realizada por las personas facultadas para ello, se adjuntó la certificación de haber alcanzado el 3% de la votación válida emitida, cumplió con los requisitos en su programa de acción. así como en su Protocolo de Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Política en Razón de Género. y acreditó la mayoría de los requisitos mínimos que debe contener su declaración de principios, programa de acción y sus Estatutos. ¿QUÉ SIGUE PARA EL PRD EN LA CIUDAD DE MÉXICO? Dentro del plazo de 60 días contados a partir de que surta efectos su registro (1 de noviembre), el PRD local deberá realizar modificaciones a su Declaración de Principios y Estatutos, emitir los reglamentos internos y lineamientos pre vistos en sus normas estatutarias; así como llevar a cabo la integración de sus órganos directivos, bajo la condición que de no hacerlo dejará de surtir efectos el registro otorgado. Por otra parte, deberá designar a la representación ante el IECM, y dar inicio al procedimiento de transmisión de bienes con el interventor que lleva a cabo la liquidación del partido a nivel nacional, con la finalidad de obtener los bienes muebles, inmuebles, recursos y obligaciones de pago que le corresponden como partido político local. Además, el nuevo partido tendrá derecho a las preirrogativas consistentes en financiamiento público y acceso a radio y televisión.

Como se ve, aún faltan diversos aspectos que debe cumplir el PRD en los próximos meses, y continuar con su actividad política en la capital del país. @soniaperezmx