Devuelve Tribunal el triunfo a Alessandra Rojo de la Vega en la alcaldía de Cuauhtémoc


Resumen:

CDMX.- La Sala Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó por unanimidad la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) que había anulado la elección en la alcaldía Cuauhtémoc.

Transcripción:

CDMX.- La Sala Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó por unanimidad la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) que había anulado la elección en la alcaldía Cuauhtémoc.

Anteriormente la autoridad judicial había determinado la anulación del proceso por violencia política en razón de género ejercida presuntamente por Alessandra Rojo de la Vega (candidata del PRI-PAN-PRD) en contra de Catalina Monreal (Morena-PT-PVEM).

En una sesión pública celebrada este miércoles los magistrados de la Sala Regional resolvieron que no se acreditaron acciones de violencia de género en contra de la aspirante de la alianza "Sigamos Haciendo Historia".

Los juzgadores consideraron que Rojo de la Vega realizó críticas duras, ríspidas o vehementes en contra de Monreal, pero todas ellas se realizaron en un contexto de libertad de expresión dentro del proceso electoral.

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Estas críticas por parte de la candidata fueron porque presuntamente Monreal pertenece a un grupo político porque militan sus familiares y no por sus aptitudes.

El magistrado Luis Enrique Rivero Carrera, ponente en el caso, afirmó que no se acreditó la violencia política en razón de género y que observa que las manifestaciones de Rojo de la Vegas van dirigidas a un grupo político y no una referencia directa.

"De un análisis contextual de las publicaciones denunciadas no se observan expresiones con elementos de género en perjuicio de la denunciante sino manifestaciones amparadas bajo la libertad de expresión en materia política", resolvieron los magistrados.

"No se visualiza propósito o resultado discriminatorio contra Catalina Monreal por el hecho de ser mujer", ni se encontraron estereotipos en su contra", señala la resolución.

"En el marco del derecho a la libertad de expresión en materia política, la candidata denunciada (Alessandra Rojo de la Vega) de manera espontánea, respondió a diversos cuestionamientos en los que fijó una postura, considerando a su oponente como parte de un grupo político que está integrado por sus familiares", añaden.