Resumen:
Los legisladores federales y locales son libres de votar a favor, en contra o en abstención, y los partidos políticos no pueden obligarlos a hacerlo en determinado sentido, ni por esa razón expulsarlos.
Transcripción:
Los legisladores federales y locales son libres de votar a favor, en contra o en abstención, y los partidos políticos no pueden obligarlos a hacerlo en determinado sentido, ni por esa razón expulsarlos. Esta ha sido la postura del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y la Suprema Corte.
El 25 de noviembre de 2019, la Comisión Nacional de Honor y Justicia de Morena resolvió que procedía sancionar a José Magdaleno Rosales Torres, Augusto Nahúm Álvarez Pellico y Jessica Ramírez Cisneros, legisladores de Veracruz que votaron en contra o se abstuvieron del juicio político contra el exfiscal de la entidad, Jorge Winckler, a diferencia de sus correligionarios, con la cancelación del registro en el padrón nacional del partido, así como la inmediata separación del grupo parlamentario morenista en el Congreso local.
Por ese hecho, los tres diputados locales promovieron un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, y el máximo tribunal electoral del país les concedió la razón.
"La resolución impugnada vulneró los derechos de la y los promoventes, puesto que la Comisión de Justicia (de Morena) no consideró que los hechos denunciados se encuentran inmersos en el derecho parlamentario y que se realizaron en el marco del ejercicio de la función pública para la que fueron electos. Así, esa Comisión carecía de competencia material para conocer y resolver el asunto, por lo que se revoca lisa y llanamente la resolución partidista impugnada", cita la decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) (SUP-JDC-1851-2019).
Casos en PAN y PRI
Actualmente, la dirigencia nacional del PAN pretende la expulsión del senador veracruzano Miguel Ángel Yunes Márquez y de la diputada local de Oaxaca, Natividad Díaz Jiménez, por votar a favor de los recientes cambios a la Constitución en materia de reforma del Poder Judicial.
Los diputados locales oaxaqueños Lizbeth Concha Ojeda, Fredy Gil Pineda Gopar, Luis Eduardo Zavaleta y Jorge Octavio Villacaña Jiménez votaron a favor de la citada reforma y enfrentan también su eventual expulsión del PRI.
De acuerdo con el fallo del TEPJF, los partidos políticos, como entidades de interés público, se encuentran impedidos para imponer sanciones a sus militantes cuando ejerzan el cargo de legisladores, ya que la atribución de los partidos políticos para reprimir conductas de sus militantes se circunscribe al ámbito interno y no pueden limitar o reprimir a los servidores públicos de elección popular en el ejercicio del cargo para el que resultaron electos.
Existe, además, jurisprudencia de la Suprema Corte en el mismo sentido.