Resumen:
Un juez federal ordenó a cada uno de los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) pagar una multa de 54,285 pesos por desacatar la suspensión que concedió en septiembre pasado, cuando resolvió frenar el proceso 2024-2025 para la elección de jueces, magistrados y ministros.
Transcripción:
Un juez federal ordenó a cada uno de los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) pagar una multa de 54,285 pesos por desacatar la suspensión que concedió en septiembre pasado, cuando resolvió frenar el proceso 2024-2025 para la elección de jueces, magistrados y ministros.
Francisco García Contreras, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Colima, determinó lo anterior luego de que el 24 de octubre el vocal secretario de la Junta Local Ejecutiva del INE le notificó que "no puede suspender el proceso electoral extraordinario, en atención a las consideraciones que aduce, emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la suspensión negada que fue solicitada en la acción de inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumuladas 165/2024, 166/2024, 167/2024 y 170/2024".
Por eso, el juzgador pidió al administrador desconcentrado de recaudación de Ciudad de México 1 aplicar la sanción a los integrantes del INE, a quienes dio un plazo de tres días para pagar la multa; de lo contrario, les impondrá otra de 5,428 pesos.
El togado dio un nuevo plazo de 24 horas a partir de la notificación para que acaten los efectos de la suspensión provisional y se abstengan de emitir acuerdos para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso electoral extraordinario.
"Se le apercibe que de no acatar lo ordenado se les impondrá a cada uno de los integrantes del Consejo una diversa multa de 500 unidades de medida y actualización (UMA) de acuerdo a la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo con la UMA como referencia, que corresponden a 54,285 pesos, cantidad que se obtiene de multiplicar 500 unidades por 108.57 pesos, lo anterior de conformidad con el artículo 262, fracción III, de la Ley de Amparo", señala el resolutivo.
En septiembre pasado, el mismo impartidor de justicia demandó al Senado para que se abstenga de emitir la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas que participen en la elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación.
El juzgador también ordenó al Senado que no difunda la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas, de tomar protesta de su encargo de los juzgadores vencedores en la eventual elección, así como la ejecución del decreto de reformas reclamado consistente en la toma de protesta de su encargo de los juzgadores vencedores en la eventual elección.