Resumen:
El Instituto Nacional Electoral (INE) impugnó ante la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) diez amparos concedidos por diversos juzgados de distrito que ordenan detener la organización de votaciones para seleccionar jueces, a fin de que la máxima instancia electoral determine si deben acatarlos, ya que los juzgados no tienen autoridad en materia comicial.
Transcripción:
El Instituto Nacional Electoral (INE) impugnó ante la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) diez amparos concedidos por diversos juzgados de distrito que ordenan detener la organización de votaciones para seleccionar jueces, a fin de que la máxima instancia electoral determine si deben acatarlos, ya que los juzgados no tienen autoridad en materia comicial.
Según fuentes del instituto, la decisión de impugnar estas suspensiones provisionales se tomó de manera colegiada, ya que la presidencia no puede decidir unilateralmente. Por lo tanto, los once consejeros avalaron presentar este recurso ante la duda de si deben atender estas decisiones de los juzgados para no caer en desacato o si deben ignorarlas, ya que estos no tienen facultades en esta materia.
Hasta ayer sumaban veintiún amparos interpuestos en juzgados de diversas entidades del país, de los cuales diez concedieron las suspensiones provisionales que ordenan que el INE se abstenga de continuar con los preparativos, la organización y el plan de actividades para llevar a cabo las elecciones de ministros, magistrados y jueces.
Sin autoridad en materia electoral
Fuentes del INE señalaron que la impugnación sobre los diversos amparos que le ordenan suspender la organización de este proceso electoral se determinó para que la sala superior, como máxima autoridad electoral, sea la que les indique si deben hacer caso a los juzgados de diferentes distritos, pues estos carecen de autoridad en materia electoral.
"La intención del instituto es que la sala superior se pronuncie al respecto, para que les indique si deben atenderlas o no, pues en algunos casos es para que no se sometan a votación los puestos de los quejosos", detalló un funcionario del instituto.
El recurso de apelación presentado por el INE impugna "acuerdos mediante los cuales los diversos juzgados de distrito admitieron demandas de juicio de amparo y concedieron suspensiones provisionales con efectos hacia las actividades que corresponden al instituto, derivadas de la implementación del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025".
Impactos de la iniciativa
De las suspensiones provisionales concedidas se estipula que el INE debe suspender la organización de este proceso, efecto de que la reforma no impacte la esfera jurídica de la parte quejosa, quedando excluida de su aplicación y las cosas permanezcan en el estado en el que se encuentran. Así sostiene el juzgado primero de distrito en Michoacán.
Mientras, el amparo otorgado por el juzgado segundo en Colima señala que la suspensión provisional es con el fin de "que el Consejo General del INE se abstenga de implementar el acto que se le reclama", es decir, el proceso electoral de jueces.
En tanto, el juzgado noveno en Morelos ordenó que "el INE deberá abstenerse de llevar a cabo el proceso de elección de los puestos o adscripciones de los quejosos, en los términos ordenados en la reforma reclamada", por lo que está amparando los cargos ocupados por los jueces que interpusieron el amparo para que no sean puestos a elección popular.
En vista de los diversos ordenamientos que fijan estos amparos, el instituto electoral recurrió al TEPJF, que deberá resolver qué acción tendrá que seguir el instituto.
Guadalupe Taddei, presidenta del INE, dialoga con varios consejeros electorales. Se supo que de manera colegiada el instituto impugnó los recursos presentados contra el proceso de selección de jueces, magistrados y ministros. Foto: Cristina Rodríguez.