Transcripción:
¿Tache o palomita? ¿Un recuadro 0 varios? Te explicamos de forma clara cómo debes votar correctamente en la boleta (entre otras recomendaciones) para que tu sufragio sea efectivo
Finalmente llegó el día. Más de 20 mil cargos a votarse en la elección más grande en la historia de México. Quizá sea la primera vez en que ejerces tu derecho al voto, pues de acuerdo con el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), en estos comicios podrán participar 266 mil 25 personas jóvenes entre 18 y 19 años. o tal vez ya tuviste la oportunidad de votar en otras ocasiones, pero igual vale la pena preguntarse: ¿qué necesito para votar correctamente y que mi sufragio sea tomado en cuenta? Aquí te platicamos todo lo que necesitas saber.
La credencial
Primero lo primero: tu credencial para votar. Sí, esa que te piden cuando vas a entrar al perreo, cuando quieres llevar a cabo algún trámite o cuando viajan largas distancias en autobús o en avión ¡sorpresa!, su verdadera función es esta: la de fungir como documento de identidad que acredita que eres una persona que cumple los requisitos para ejercer su derecho ciudadano al voto. Por supuesto, es necesario que sea una credencial vigente y válida. El Instituto Nacional Electoral (INE) señala que existen cuatro modelos de credenciales vigentes y válidos para votar; la vigencia de cada uno de ellos es de 10 años a partir de su emisión, por lo que deberán renovarse cumplido este periodo. Para verificar que tu modelo de credencial aún sea vigente, tienes que ir al sitio https://listanominal.ine.mx/scpln e ingresar algunos datos contenidos en tu INE.
Cómo marcar la boleta
Si resides en la Ciudad de México, recibirás seis boletas que corresponden a diferentes cargos de elección popular. Dependiendo del tipo de cargo en cuestión y de la forma en que cada candidatura se presente, ya sea con un partido único, de manera independiente o en coalición, podrás tachar sólo uno o varios recuadros:
Para votar sólo por un partido político, únicamente deberás tachar el recuadro que contenga el nombre de la institución política en cuestión.
Para votar por una coalición que está postulando a la misma persona, es válido tachar varios recuadros, en este caso, los que contengan los nombres de cada uno de los partidos políticos que integran esa alianza. Recuerda verificar que cada recuadro tachado, independientemente del nombre del partido, coincida con el nombre de la candidatura por la que deseas votar. Para votar por una candidatura independiente, deberás marcar únicamente recuadro que contiene el nombre de esa persona. Para votar por una candidatura no registrada deberás anotar su nombre en la parte inferior de la boleta, en donde aparece un espacio destinado específicamente para ese fin.
¿En qué casos se anula tu voto?
Si entregas tu boleta sin ninguna marca, es decir, la devuelves sin tachar ni un sólo rectángulo ni anotar el nombre de una candidatura no registrada, automáticamente tu voto quedará anulado.
Cuando marcas toda la boleta, es decir, que no marcaste ninguna en particular.
Cuando tachas los recuadros correspondientes a dos partidos políticos o más, sin que estos partidos participen en coalición o alianza.
Cuando usas diferentes marcas o palabras en recuadros distintos. Por ejemplo, si pones un "Sí" a la candidatura de tu elección, pero también escribes un "No" a otra candidatura, se anulará tu voto.
Algunas recomendaciones
Conoce claramente el nombre de la candidatura por la que deseas votar, y ante cualquier confusión, elige siempre el nombre. En el caso de las boletas para la Presidencia de la República y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, la selección será fácil; no así para las diputaciones y senadurías, pues no todas van en coalición.
¿Qué tipo de marca debo usar?
La recomendación es que uses una simple tache para marcar la candidatura de tu preferencia. No obstante, cualquier tipo de marca funciona, siempre y cuando cumplas con las formas correctas de votar en tu boleta. Una palomita, un "SÍ" o, incluso, una carita feliz, son marcas válidas siempre y cuando sólo aparezcan en un recuadro o en varios de la misma coalición política. También puedes escribir una palabra, siempre y cuando manifieste claramente la intención de tu voto.
Lo que no deber hacer durante las elecciones
De la misma manera que es necesario saber cómo votar correctamente durante la jornada electoral del 2 de junio, también es muy relevante conocer lo que no se puede hacer, de acuerdo con la ley.
Ley Seca
A nivel general, la denominada Ley Seca entra en vigor el 1 de junio y concluye al término del día siguiente; no obstante, en el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se establece que "el día de la elección y el precedente, las autoridades competentes de acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes", por lo que la aplicación de esta medida dependerá de las autoridades locales. En la Ciudad de México se aplicará a partir de las 00:01 horas del 1 de junio y hasta las 23:59 horas del 2 de junio, en establecimientos mercantiles ubicados en las 16 alcaldías, (vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados, tiendas de autoservicio, departamentales y similares en los que expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación, el servicio a domicilio y negocios en los que se comercialicen u obsequien bebidas alcohólicas para el consumo humano).
Veda electoral
Tres días previos a la votación y durante el mismo día de la elección, la ley impide la celebración de actos públicos de campaña y de propaganda, con la finalidad de que la ciudadanía reflexione el sentido de su voto. Con ello, ninguna persona, ciudadano o funcionario, puede participar en reuniones, eventos y/o hacer proselitismo a partir del jueves 30 de mayo, día en el que se cierran las campañas, según el calendario del Instituto Nacional Electoral (INE). Tampoco está permitida la emisión en radio o televisión de:
Propaganda gubernamental
Informes de labores
Resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales
Además, el día de la jornada no debe haber propaganda electoral cerca de cualquier casilla. Aunque estas disposiciones están dirigidas principalmente a servidores públicos, el Instituto Nacional Electoral deja claro que cualquier persona sin cargo e incluso funcionarios de casilla, pueden incurrir en dichas conductas. Menciona también que ninguna persona votante puede entrar a la urna en compañía de otra persona, a excepción de quien requiera asistencia debido a alguna discapacidad física, ya sea que la brinde una persona de confianza de la persona votante o alguien de la mesa directiva de la casilla.
Algunas recomendaciones:
Debido a que el número de boletas están calculadas de acuerdo con la lista nominal, a nadie se le puede otorgar otra papeleta en caso de marcarla erróneamente.
No se puede sufragar si no se presenta la credencial para votar vigente o en trámite, únicamente con una identificación con fotografía avalada por el Tribunal Electoral.
Si a la hora de votar acudes con el rostro cubierto, se te impedirá ejercer este derecho, salvo que uses cubrebocas o careta transparente. En caso contrario, te solicitarán el retiro de la prenda o accesorio para poder identificarte.
Delitos electorales
La obstaculización y/o interferencia en el desarrollo normal de las diferentes etapas del proceso (votaciones, escrutinio y cómputo), introducción 0 sustracción de las urnas y/o boletas ilícitamente, son conductas consideradas como delitos electorales, y se dividen en de oficio dolosos; no todos son graves, a excepción de la utilización de programas sociales con fines político electorales, actividad ilícita que conlleva prisión preventiva oficiosa.