Transcripción:
La conclusión de un proceso electoral no implica que la ciudadanía deba apartarse de la vida política del país
El domingo 2 de junio se llevaron a cabo las votaciones para elegir a las personas que ocuparán diversos cargos públicos, y es común que permeé la idea de que con ello el proceso electoral ha concluido, pero esto no es así.
El miércoles posterior al día de la Jornada Electoral iniciaron los Cómputos Distritales, que son los que dan pauta a los resultados oficiales.
Después de entregar los resultados electorales, damos paso a la etapa de fiscalización del gasto de campaña de los partidos políticos y candidaturas de todo el país, puesto que el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene atribuciones para fiscalizar el gasto en elecciones federales y locales.
El objetivo es revisar el origen, monto, destino y aplicación de los recursos utilizados, asegurando que provengan de fuentes legítimas, se usen conforme a la ley y se respeten los topes a los gastos de campaña.
La fiscalización cobra especial relevancia porque constitucionalmente se establece como una causal de nulidad de las elecciones el rebase al tope de gastos de campaña, al menos por un cinco por ciento, siempre y cuando esta irregularidad sea determinante, lo cual se presume si la diferencia de votación entre la candidatura ganadora y la siguiente es menor al cinco por ciento.
Por otro lado, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral debe asignar las senadurías y diputaciones por el principio de representación proporcional (RP), para que los partidos políticos puedan participar en esta asignación deben obtener al menos el tres por ciento del total de la votación válida emitida en alguna de las elecciones que se celebraron.
Se asignarán 200 diputaciones y 32 senadurías por el principio de representación proporcional y esta distribución debe realizarse a más tardar el 23 de agosto de este año.
Por su parte, a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le compete realizar el cómputo final y declarar la validez de la elección presidencial, así como notificarla a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputaciones en septiembre, ya que de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Constitución Federal, la persona que ocupe la Presidencia de la República deberá ejercer su cargo a partir del 1 de octubre, y será hasta el momento en que se haga la declaratoria de validez que concluya el Proceso Electoral Federal.
Sin embargo, la conclusión de un proceso electoral no implica que la ciudadanía deba apartarse de la vida política del país hasta la siguiente elección.
Votar es sólo una forma de participar, pues también mantenerse informado, opinar sobre asuntos de interés público y exigir transparencia y rendición de cuentas a las y los gobernantes, son formas legítimas de participación para la formación de ciudadanía.