Resumen:
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó ayer, por unanimidad, desechar por infundado el juicio madre, que contiene las dos últimas controversias con las que se pedía la nulidad total de la elección presidencial del 2 de junio.
Transcripción:
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó ayer, por unanimidad, desechar por infundado el juicio madre, que contiene las dos últimas controversias con las que se pedía la nulidad total de la elección presidencial del 2 de junio.
También desechó, por mayoría, el juicio promovido por Xóchitl Gálvez en el que, si bien no pedía la nulidad del proceso, sí planteó irregularidades. Los magistrados dijeron que la excandidata presidencial no usó la vía adecuada en su intención de sancionar al presidente López Obrador.
Con ello, quedó todo listo para que el máximo tribunal del país en materia electoral califique en su conjunto la elección presidencial, el miércoles próximo un día después, el 15 de agosto, entregue la constancia de mayoría a Claudia Sheinbaum.
Los juicios madre están conformados por los recursos de inconformidad 144 y 145, presentados por PAN, y el juicio ciudadano 906, promovido por Xóchitl Gálvez, excandidata presidencial de la coalición Fuerza Corazón por México.
Ahí se dijo que la elección no fue libre ni auténtica y acusaron irregularidades graves que ponen en duda la certeza de la votación, la presunta intervención indebida del Presidente de la República en el proceso, uso de programas sociales a favor de Sheinbaum, y el impacto en la elección de la violencia generalizada en vive el país.
Los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes propusieron al pleno de la Sala Superior desechar todos y cada uno de los argumentos que plantearon tanto los partidos de oposición, como los de la candidata que impulsaron.
Dijeron que para anular la elección es necesario elementos graves, determinantes, sistemáticos y determinantes, lo cual no se acreditó en los recursos analizados.
Estimaron que los quejosos no aportaron pruebas fehacientes, sino que basaron sus quejas en argumentos vagos, genéricos y con deficiencias probatorias, pues en general se basan en enlaces de notas periodísticas repetidas.
Recordaron que las publicaciones son una "prueba imperfecta"y sirven para dar una evidencia indiciaria, pero se deben reforzar con otros elementos probatorios que, en este caso, no se presentaron ante la autoridad electoral.
Asimismo, calificaron de infundados los agravios por injerencia en el proceso electoral por parte del Presidente de la República, 13 gobernadores, un ministro de la Suprema Corte, entre otros funcionarios.