SCJN: TECM carece de competencia para pronunciarse sobre recorte presupuestal al IECM


Resumen:

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECM) carece de competencia para pronunciarse sobre el recorte que se aplicó al presupuesto del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) para el año 2022.

Transcripción:

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECM) carece de competencia para pronunciarse sobre el recorte que se aplicó al presupuesto del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) para el año 2022.

La Primera Sala determinó que el Tribunal Electoral fundamentó su competencia interpretando de manera incorrecta que todo lo relativo al presupuesto del OPLE, por ese simple hecho, podía ser revisado por la justicia electoral.

Como efectos de dicha sentencia, entre otras cosas, ordenó a la Jefatura de Gobierno que, en subsecuentes ejercicios fiscales, se abstuviera de intervenir en la configuración del presupuesto, inaplicando la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de los Recursos.

En su fallo, la SCJN consideró que si bien la modificación, reducción y aprobación del Presupuesto de Egresos del IECM para el ejercicio fiscal 2022 y sus consecuencias jurídicas, por violación de la autonomía presupuestaria, técnica y de gestión, así como la violación a las leyes del procedimiento de donde deriva el presupuesto, se vinculan de alguna manera a la materia electoral, dicho rubro constituye un problema de distribución de competencias, lo cual implica un análisis constitucional, lo cual es facultad de la Suprema Corte.

Por este motivo, la Primera Sala declaró la invalidez de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México.