Transcripción:
Por Sonia Pérez Pérez*
Sin duda alguna, uno de los temas más relevantes dentro del proceso electoral es el relativo a las acciones afirmativas.
De acuerdo con la jurisprudencia del TEPJF, éstas "constituyen una medida compensatoria para situaciones en desventaja, que tienen como propósito revertir escenarios de desigualdad histórica y de facto que enfrentan ciertos grupos humanos en el ejercicio de sus derechos".
En la materia electoral, en un primer momento se implementaron acciones afirmativas enfocadas a la paridad de género, con la finalidad de hacer efectivos los derechos de las mujeres y ahora se han ampliado en beneficio de grupos de atención prioritaria que han sido históricamente discriminados y se han encontrado con innumerables obstáculos para el ejercicio de sus derechos político-electorales y en particular el derecho a ser votados.
En el proceso electoral pasado, el IECM implementó acciones afirmativas con base en su facultad reglamentaria, pero en esta ocasión ya se encuentran contempladas en el Código electoral.
De esta manera, para el caso de candidaturas a diputaciones por mayoría relativa cada partido político debía postular al menos 7 fórmulas de personas jóvenes entre 18 y 35 años, una de personas afromexicanas, una de personas con discapacidad, una de personas pertenecientes a pueblos o barrios originarios, o de comunidades indígenas, una de personas de la diversidad sexual y una de adultas mayores; además procurarían postular al menos dos fórmulas de cualquiera de los grupos de atención prioritaria reconocidos en el artículo 11 de la Constitución local. Algunas de estas fórmulas debían quedar en los bloques de competitividad alto o medio de cada instituto político.
Para el caso de diputaciones por representación proporcional debían postular al menos 4 fórmulas de personas jóvenes y al menos una fórmula de alguno de los grupos de personas ya mencionados.
Así, en el proceso electoral 2023-2024 en la Ciudad de México tuvimos 107 fórmulas de candidaturas a diputaciones por ambos principios pertenecientes a alguno de dichos grupos de atención prioritaria.
Respecto de los bloques de competitividad, sólo aplicaron a 55 postulaciones de las diputaciones por el principio de mayoría relativa, de las cuales 16 fueron postuladas en los bloques altos, 18 en los bloques medios y 21 en los bloques bajos.
Ahora bien, los resultados que se obtuvieron en la integración del Congreso de la Ciudad de México a través de las acciones afirmativas son los siguientes: 10 fórmulas de personas jóvenes, 1 de adultas mayores, 3 con discapacidad, 2 de la diversidad sexual, 1 de afromexicanas y 3 pertenecientes a pueblos o barrios originarios, o de comunidades indígenas, dando un total de 20 fórmulas, lo que representa el 30% del total de curules del Congreso Local.
En este proceso electoral, la implementación de las acciones afirmativas funcionó correctamente y permitió que personas con dificultades de acceso a los cargos públicos llegaran al Congreso, con lo que tenemos un proceso inclusivo y que respeta los derechos de los grupos de atención prioritaria. Sin embargo, aún estamos lejos de alcanzar la inclusión plena de todos los sectores de la sociedad en la esfera pública, por lo que estas acciones deben intensificarse a fin de continuar potenciando los derechos político-electorales de la ciudadanía y un grado cada vez mayor de inclusión y participación de todos los sectores de la sociedad en la Ciudad de México y en el país.
*Consejera del Instituto Electoral de la Ciudad de México