TEPJF: Sheinbaum y Morena no obtuvieron beneficio electoral de mañaneras de AMLO


Resumen:

Morena y la presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo, no obtuvieron ningún beneficio electoral indebido por las manifestaciones que hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador en 31 conferencias matutinas, ya que no existió una "naturaleza sistemática" o expresiones que hayan provenido de un modo de operar "premeditado", resolvió la sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Transcripción:

Morena y la presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo, no obtuvieron ningún beneficio electoral indebido por las manifestaciones que hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador en 31 conferencias matutinas, ya que no existió una "naturaleza sistemática" o expresiones que hayan provenido de un modo de operar "premeditado", resolvió la sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Luego de que la sala superior revocó una sentencia de la especializada a efecto de que hiciera una nueva valoración de 37 mañaneras denunciadas y su posible impacto en las campañas, el pleno de la especializada consideró que en 31 conferencias matutinas, el Presidente de la República emitió manifestaciones que vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad "que se exigen a toda persona servidora pública en el contexto del proceso electoral".

Los magistrados resolvieron, por mayoría de dos votos contra uno, que el mandatario abordó temáticas político-electorales, reflejando "constantemente una postura a favor de fuerzas políticas de la cual emana su gobierno, o bien una postura crítica a los partidos políticos de oposición y de la designación de Xóchitl Gálvez".

En tanto, resolvió que tres mañaneras celebradas los días 7 y 13 de septiembre de 2023, el presidente López Obrador realizó manifestaciones que implicaron promoción personalizada a favor de Claudia Sheinbaum al destacar cualidades personales y profesionales con fines de apoyo a sus pretensiones electorales.

A raíz de lo anterior, la sala especializada determinó que se acredita la infracción de uso indebido de recursos públicos respecto de las 31 mañaneras.

Sin embargo, señaló que no se advierte algún elemento que demuestre que las expresiones del Presidente tuvieron una influencia directa en la percepción o en la decisión de la ciudadanía en relación con su voto para el proceso presidencial.

Respecto a los servidores públicos que se encargan de la organización y difusión de las mañaneras, los magistrados resolvieron que sí son responsables por la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.