TEPJF se niega a opinar sobre la reforma al Poder Judicial


Resumen:

Con tres votos en contra y dos a favor, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron que este órgano jurisdiccional no puede opinar sobre la inconstitucionalidad de la reforma judicial, ante la solicitud realizada por el ministro Juan Luis González Alcántara.

Transcripción:

Con tres votos en contra y dos a favor, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron que este órgano jurisdiccional no puede opinar sobre la inconstitucionalidad de la reforma judicial, ante la solicitud realizada por el ministro Juan Luis González Alcántara.

En un escrito enviado por González Alcántara Carranza a los miembros del TEPJF, cuestionó sobre posibles vicios en el procedimiento de reforma constitucional y consulta previa; violaciones al artículo 105 de la Carta Magna, así como a la división de poderes y al pacto federal; transgresión al principio de acceso a la jurisdicción y vulneración de la independencia judicial.

Otros puntos que puso a consulta de los magistrados electorales fueron: la incorporación de la figura de los jueces con resguardo de identidad (jueces sin rostro) en materia penal y violaciones a las suspensiones ordenadas por los tribunales en materia de amparo y al derecho del trabajo del personal del PJ.

El ministro Juan Luis González Alcántara preguntó sobre la antinomia por elección de la presidencia de la Suprema Corte; violaciones en materia de gasto público; vulneración al principio de progresividad e inconvencionalidad de la reforma impugnada, y eliminación de la suspensión como medida cautelar del juicio de amparo.

Los magistrados opinaron que la materia de la consulta no versa sobre una ley general, federal o local con posible contenido electoral, sino de una reforma y normas constitucionales. Por ello, la Sala Superior consideró que la emisión de la opinión respectiva constituye un ejercicio sui generis; sin embargo, en atención a la solicitud formulada por el ministro, apuntó que no puede emitir opinión en derecho constitucional.

Sin un análisis a fondo, la respuesta del Tribunal Electoral fue: "Esta autoridad jurisdiccional considera que no procede emitir opinión especializada sobre el tema en análisis, puesto que los planteamientos respectivos están directamente relacionados con reformas y normas constitucionales.

"Esto es, por una parte, la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para la elección democrática de las personas titulares de los órganos de impartición de justicia del Poder Judicial y, por otra, la prohibición establecida en el artículo 105 del citado máximo ordenamiento", establece la respuesta aprobada en privado.

Los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez consideraron que el Tribunal Electoral sí podía opinar sobre la consulta del ministro Carranza, pero la mayoría del bloque conformado por Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes Barrera votó en contra.

Estos últimos tres, ligados al movimiento de la Cuarta Transformación, argumentaron que "un criterio reiterado" de la Sala Superior ha sido que lo relacionado con posibles violaciones o irregularidades del proceso legislativo escapa del ámbito de competencia especializada en materia electoral. Por ende, agregaron, la solicitud del ministro "no es objeto de opinión o posicionamiento".

El pleno de la SCJN discutirá este martes el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara, donde propone invalidar parcialmente la reforma judicial aprobada en septiembre pasado y decretada el 15 de septiembre.

EL DATO: EL MAGISTRADO del TEPJF Felipe de la Mata aseguró que ningún juez puede aplicar su criterio personal por encima de lo que establece la Carta Magna.

SESIÓN ORDINARIA del Tribunal Electoral, el 28 de agosto.