Resumen:
Con un voto dividido, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) bateó en definitiva todos los amparos y medios de impugnación contra la elección judicial, por lo que ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Senado continuar con el proceso para elegir a jueces, ministros y magistrados, a celebrarse el primer domingo de junio de 2025. "Es constitucionalmente inviable suspender la realización del procedimiento electoral de personas juzgadoras o de algunas de las etapas a cargo del Senado, del INE y de todas las autoridades competentes que participen en su organización y preparación", resolvió el TEPJF.
Transcripción:
Con un voto dividido, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) bateó en definitiva todos los amparos y medios de impugnación contra la elección judicial, por lo que ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Senado continuar con el proceso para elegir a jueces, ministros y magistrados, a celebrarse el primer domingo de junio de 2025. "Es constitucionalmente inviable suspender la realización del procedimiento electoral de personas juzgadoras o de algunas de las etapas a cargo del Senado, del INE y de todas las autoridades competentes que participen en su organización y preparación", resolvió el TEPJF.
En sesión virtual, la magistrada presidenta del Tribunal, Mónica Soto, así como los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, votaron a favor de un proyecto que deja en claro que ninguna autoridad judicial cuenta con facultades para frenar una reforma constitucional, en este caso la Reforma Judicial, por lo que batean todos los amparos y medios de impugnación presentados contra ese proceso. "Ninguna autoridad, poder u órgano del Estado pueden suspender, limitar, condicionar o restringir las etapas del procedimiento electoral extraordinario 2024-2025 para la elección de cargos en el Poder Judicial de la Federación", ahonda la resolución.
Además, se retiran las sanciones económicas contra consejeros del INE que habían hecho caso omiso a órdenes judiciales para frenar la Reforma Judicial.
El proyecto aprobado, elaborado por el magistrado Felipe Fuentes, incluso envía varios mensajes a los jueces que han frenado la elección judicial, por ejemplo que al ser una cuestión electoral, la Sala Superior del TEPJF es la única competente para resolver los juicios en materia de este proceso electivo. Además, por tratarse de una elección, no opera ningún amparo que pueda frenar o inhibir los procesos o que ponga en riesgo las elecciones, además de que los medios de impugnación no supondrán el freno del proceso electivo.
1 DE JUNIO DE 2025, ELECCIÓN DE JUZGADORES.
850 CARGOS JUDICIALES SE VAN A ELEGIR EN LA PRIMERA FASE.
ES CONSTITUCIONALMENTE INVIABLE SUSPENDER LA REALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO. RESOLUCIÓN DEL TEPJF.
LAS VOCES
1. El Tribunal no excede sus funciones: Soto Fregoso.
2 No se puede pausar proceso: de la Mata.