Resumen:
La Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó revocar el recuento de votos de la elección al ayuntamiento de Guadalajara, luego de que el pasado jueves el Tribunal Electoral del Estado determinó que se realizara, como resultado a una petición de Movimiento Ciudadano.
Transcripción:
La Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó revocar el recuento de votos de la elección al ayuntamiento de Guadalajara, luego de que el pasado jueves el Tribunal Electoral del Estado determinó que se realizara, como resultado a una petición de Movimiento Ciudadano.
En la sesión se discutió el expediente 488, promovido por José María Martínez, ex candidato a la presidencia municipal, para impugnar la resolución, el cual fue presentado por el magistrado Omar Delgado.
De manera unánime, se declaró fundado un incidente sobre nuevo escrutinio y cómputo en la elección de la alcaldía, que ordenó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco realizar el recuento.
En el informe, el Tribunal calificó como "incorrecto el proceder del órgano estatal, pues se consideró indebida la fundamentación y motivación en la que sustentó la procedencia respecto de la solicitud del recuento cuestionado, así como justificarla para salvaguardar el principio de certeza, pues era indispensable que se demostraran los supuestos de procedencia del recuento previstos en la normativa electoral local, así como en la línea jurisprudencial desarrollada por este organismo".
Por lo tanto, puntualiza, "derivado de una indebida motivación y fundamentación para la procedencia sobre el nuevo escrutinio y cómputo en sede jurisdiccional, así como una deficiente justificación de vincular al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado para el desarrollo y vigilancia del recuento, este órgano concluyó revocar la determinación combatida para los efectos precisados en la sentencia".