Ratifican Medidas Cautelares contra Martí Batres


Resumen:

Ciudad de México, El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), el 28 de mayo de 2024, ha ratificado las medidas cautelares impuestas contra el Jefe de Gobierno, Martí Batres, a raíz de sus declaraciones tras el Primer Debate Chilango entre los candidatos a la Jefatura de Gobierno. Estas declaraciones incluyeron señalamientos hacia Santiago Taboada, candidato de la coalición Va por la CDMX.

Transcripción:

Ciudad de México, El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX), el 28 de mayo de 2024, ha ratificado las medidas cautelares impuestas contra el Jefe de Gobierno, Martí Batres, a raíz de sus declaraciones tras el Primer Debate Chilango entre los candidatos a la Jefatura de Gobierno. Estas declaraciones incluyeron señalamientos hacia Santiago Taboada, candidato de la coalición Va por la CDMX.

Medidas Cautelares Emitidas

La Comisión de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) fue la encargada de emitir las medidas cautelares, las cuales consistieron en la modificación de audios, videos y textos publicados para eliminar los mensajes que pudieran influir en la contienda electoral. Estas medidas fueron impugnadas por Martí Batres, quien argumentó en contra de las restricciones impuestas.

Resolución del Tribunal Electoral

El TECDMX resolvió mantener las medidas cautelares, subrayando que, aunque el Jefe de Gobierno tiene el derecho de informar a la ciudadanía, debe hacerlo sin favorecer o perjudicar a ningún candidato o fuerza política. Esta decisión se basa en la jurisprudencia 12/2024 de la Sala Superior, que establece la necesidad de neutralidad de los servidores públicos durante los periodos electorales.

El Primer Debate Chilango fue un evento significativo en el que los candidatos a la Jefatura de Gobierno presentaron sus propuestas y se enfrentaron en un intercambio de ideas. Las declaraciones de Martí Batres, posteriores al debate, fueron consideradas por el IECM como potencialmente influyentes en la contienda electoral, lo que motivó la emisión de las medidas cautelares.

La ratificación de las medidas cautelares por parte del TECDMX destaca la importancia de mantener la neutralidad de los servidores públicos en el proceso electoral. La jurisprudencia 12/2024 de la Sala Superior enfatiza que los funcionarios deben evitar cualquier conducta que pueda ser interpretada como un intento de favorecer o perjudicar a los candidatos o partidos políticos.

La resolución del TECDMX refuerza el compromiso de las autoridades electorales de asegurar un proceso justo y equitativo. Al mantener las medidas cautelares contra Martí Batres, el tribunal subraya la importancia de la imparcialidad y la transparencia en la comunicación de los servidores públicos durante las elecciones. Esta decisión marca un precedente significativo en la regulación de la conducta de los funcionarios durante los periodos electorales, asegurando que el enfoque permanezca en las propuestas y méritos de los candidatos, sin interferencias indebidas.