Descarta el Legislativo posponer elecciones en el Judicial


Resumen:

El Congreso respondió anoche formalmente a la presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei, que "el Poder Legislativo se encuentra imposibilitado de conceder la prórroga" de tres meses solicitada por ese órgano comicial para organizar la elección de jueces, magistrados y ministros, la que debe llevarse a cabo el próximo primero de junio de 2025 tal como se establece en la reciente reforma al Poder Judicial federal.

Transcripción:

El Congreso respondió anoche formalmente a la presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei, que "el Poder Legislativo se encuentra imposibilitado de conceder la prórroga" de tres meses solicitada por ese órgano comicial para organizar la elección de jueces, magistrados y ministros, la cual debe llevarse a cabo el próximo primero de junio de 2025, tal como se establece en la reciente reforma al Poder Judicial federal.

En un escrito firmado por los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados, Gerardo Fernández Noroña y Sergio Gutiérrez Luna, se señala que, además de que "no hay margen" para incumplir con esa fecha, moverla implicaría llevar a cabo una nueva reforma constitucional. La respuesta de los ciudadanos a la convocatoria para inscribirse y participar en ese proceso electoral "fue exitosa".

Confiamos en "el profesionalismo, la capacidad técnica, la experiencia, la responsabilidad y la entrega del personal del INE y del pueblo de México que, a pesar de los embates al proceso, sabrá cumplir el mandato constitucional de realizar los comicios extraordinarios del primer domingo de junio del próximo año". La prórroga, añaden, fue solicitada por el INE antes del fin de semana en que se cerraba el registro de aspirantes a participar en el proceso, y haberla concedido en esas circunstancias habría complicado el proceso y liquidado toda certeza sobre este, desatando una campaña de especulación y desprestigio del mismo.

Entonces alegarían que se posponía "ante el fracaso de la respuesta de la ciudadanía a participar como candidatos en este proceso".

Los presidentes de ambas cámaras hacen notar que "si bien es cierto que en su oficio se nos informa que recibieron 572 amparos y 366 suspensiones, no es menos cierto que ustedes saben que el artículo 61 fracción uno de la Ley de Amparo establece que no procede recurso alguno frente a una reforma constitucional. Saben también que no procede suspensión alguna frente a un proceso electoral. No hay margen para incumplir la fecha".