Resumen:
La Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) dio luz verde al INE. al Senado de la República y demás autoridades para que continúen con la organización de la elección del Poder Judicial, al señalar que las suspensiones emitidas por jueces no pueden frenar este proceso.
El asunto fue aprobado por tres votos favor de Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, así como dos en contra de Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón.
Transcripción:
La Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) dio luz verde al INE. al Senado de la República y demás autoridades para que continúen con la organización de la elección del Poder Judicial, al señalar que las suspensiones emitidas por jueces no pueden frenar este proceso.
El asunto fue aprobado por tres votos favor de Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, así como dos en contra de Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón.
La propuesta del magistrado Felipe Fuentes sostiene que ninguna autoridad puede impedir de forma provisional ni cautelar que el INE y otras autoridades realicen sus obligaciones para la organización de la elección del Poder Judicial.
"Ninguna autoridad, poder u órgano del Estado pueden suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas a las etapas del proceso electoral extraordinario 2024-2025 para la elección de cargos en el Poder Judicial de la Federación", señala.
En su propuesta argumenta que la última reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución establece que no serán procedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir adiciones o reformas a la Constitución.
Subrayó que "los juzgadores de amparo no deben intervenir en una cuestión que está reservada a este tribunal y, en consecuencia, sus determinaciones carecen de validez en este campo".
La presidenta del TEPJF, Mónica Soto, afirmó que se trata de otorgar medidas provisionales para que puedan continuar las actividades de la elección judicial, ya que la Constitución establece que no se pueden otorgar amparos contra reformas constitucionales.
El magistrado Felipe de la Mata sostuvo que las afectaciones por suspender la organización del proceso generarían una situación de inconstitucionalidad, "por lo que todas las autoridades involucradas se encuentran impedidas constitucionalmente para detener la implementación del proceso, porque se trata de un mandato expreso en la Constitución".
En contra de la propuesta, la magistrada Janine Otálora argumentó que deben esperar al pronunciamiento de la Suprema Corte, que aún no resuelve distintas consultas relacionadas con este tema.
También apuntó que el tribunal no tiene competencia para revocar las suspensiones otorgadas por Juzgados de Distrito, aunque sí pretender decir que son inválidas para frenar la organización de la elección judicial.
El asunto fue aprobado en el Tribunal Electoral por tres votos a favor y dos en contra.