Desde el primer minuto de hoy se suspendió difusión de propaganda


Resumen:

Está prohibida la publicación de encuestas de preferencias electorales.

Transcripción:

EL FIN DE SEMANA HABRÁ LEY SECA

Desde el primer minuto de hoy se suspendió difusión de propaganda

Está prohibida la publicación de encuestas de preferencias electorales

SANDRA HERNÁNDEZ GARCÍA Y ALEJANDRO CRUZ

A partir del primer minuto de este jueves, los partidos políticos y candidatos deben suspender todo acto público y de difusión de elementos propagandísticos con fines proselitistas por la veda electoral, informó el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM).

Con eso, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan la finalidad de ubicar preferencias, de lo contrario se podría imponer una multa de 50 a 100 días y prisión de 6 meses a 3 años.

Además, podría sancionarse con 100 a 200 días de multa y prisión de dos a seis años al servidor público o candidato que en los días de veda induzca al electorado a sufragar por alguien o abstenerse de hacerlo. El mismo castigo se aplicará a quien distribuya propaganda electoral el día de los comicios.

La presidenta del IECM, Patricia Avendaño, comentó que los medios de comunicación están en pleno ejercicio de su libertad de expresión; sin embargo, no deben promover a ningún candidato ni publicar encuestas: "pueden hablar del proceso electoral, de la organización".

Por otra parte, el gobierno local emitió un acuerdo por el que se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones con motivo de las elecciones

La Secretaría de Gobierno indicó que la medida aplicará en toda la capital desde el primer minuto del sábado 1° de junio hasta las 23:59 horas del domingo.

El acuerdo emitido en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México indica que la prohibición incluye vinaterías, supermercados, así como tiendas de abarrotes, autoservicioy departamentales.

Asimismo, abarcará cantinas, bares y antros, solamente los restau rantes podrán expender alcohol por copeo, siempre y cuando sea acompañado por alimentos (no botaneo).

El documento agrega que tampoCO se permitirá el servicio a domicilio y los negocios que comercialicen y obsequien bebidas alcohólicas, la venta en envase cerrado para consumir fuera de los establecimientos mercantiles deberá entenderse como suspendida.

La prohibición tiene como propósito garantizar la seguridad, orden buen desarrollo de la jornada en la que se elegirán Presidente, jefe de Gobierno, alcaldes, así como legisladores federales y locales.

La dependencia agregó que quienes no cumplan la medida serán sancionados de conformidad con la Ley de Establecimientos Mercantiles, la cual establece multas que van de 351 a 2 mil 500 veces la unidad de medida y actualización vigente, es decir, de 38 mil 108 a 271 mil 425 pesos.