Resumen:
El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el registro del partido político local llamado "Partido de la Revolución Democrática Ciudad de México", el cual será vigente a partir del próximo 1 de noviembre.
Transcripción:
El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el registro del partido político local llamado "Partido de la Revolución Democrática Ciudad de México", el cual será vigente a partir del próximo 1 de noviembre.
El IECM informó que el registro como partido político local ocurrió debido a que el pasado 19 de septiembre de 2024, el Consejo General del INE "determinó la pérdida de registro del PRD como partido político nacional, en virtud de no haber obtenido al menos el 3% de la votación válida emitida en la elección federal", puntualizó el IECM.
En ese sentido, el IECM estableció que, en la Ciudad de México, el PRD sí alcanzó el umbral del 3% en la elección de Jefatura de Gobierno y diputaciones del Congreso local. Por esta razón, el 20 de septiembre, la Presidenta de la Dirección Estatal Ejecutiva y el Secretario de Gobierno y Asuntos Legislativos del PRD en la Ciudad de México manifestaron su intención de constituirse como partido político local, a través de una solicitud de registro presentada ante la Oficialía de Partes del IECM.
Durante la sesión del Consejo General, se reconoció a Nora del Carmen Arias Contreras como presidenta de este partido y a Guillermo Domínguez Barrón como Secretario de Gobiernos y Asuntos Legislativos, ambos de la Dirección Estatal Ejecutiva de dicho instituto político en la Ciudad de México.
Este nombramiento les permite llevar a cabo las gestiones de las prerrogativas correspondientes al partido político "hasta en tanto se lleve a cabo la integración de sus órganos directivos", informó el IECM.
El IECM instruyó al Partido de la Revolución Democrática Ciudad de México a que, en un plazo de 60 días hábiles posteriores a que surta efecto su registro, realice las modificaciones necesarias a su Declaración de Principios y Estatuto, y emita los reglamentos internos y lineamientos previstos en sus normas estatutarias.
Además, deberán llevar a cabo la integración de sus órganos directivos conforme a sus disposiciones estatutarias y designar la representación propietaria y suplente ante el Consejo General del IECM, según las disposiciones de su estatuto.
Finalmente, se advirtió a Arias Contreras y a Domínguez Barrón que, de no realizar las acciones mencionadas, el registro otorgado dejará de surtir efectos.
Asimismo, en un plazo de 10 días naturales, contados a partir de ayer, el Secretario Ejecutivo del IECM solicitará a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) el padrón de personas afiliadas en la Ciudad de México, información que se encuentra en el Sistema de Verificación del Padrón de Personas Afiliadas a los Partidos Políticos.
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