Transcripción:
INFORMA EL ÓRGANO ELECTORAL
Reciben más de mil 500 quejas electorales
Según el reporte, rompe récord y crecen 191% más en comparación con el proceso 2020-2021
PATRICIA RAMÍREZ
partir del 10 de septiembre, cuando dio inicio el proceso electoral local ordinario 2023-2024 en la Ciudad de México, hasta el 24 de mayo, el Instituto Electoral capitalino recibió mil 564 asuntos, entre quejas y vistas de autoridades.
Durante la sesión del IECM, se dio a COnocer que en comparación con el proceso electoral 2020-2021, en el actual se presenta un incremento considerable en el número de quejas presentadas, ya que se tienen 191% más.
Del total de las quejas recibidas por la autoridad electoral, 909 se encuentran en trámite, 95 en substanciación y 559 más ya fueron concluidas.
LA MÁS DENUNCIADAS Las conductas más denunciadas son: vulneración a los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña, mientras que los entes más denunciados son partidos políticos, personas servidoras públicas y personas candidatas las personas servidoras públicas, personas candidatas y los partidos politi
COS.
Las personas titulares de alcaldías son, por mucho, las personas servidoras públicas con más incidencia en las denuncias.
Las alcaldías Milpa Alta, Álvaro Obregón y Miguel Hidalgo son las demarcaciones territoriales con mayor número de quejas.
INICIA VEDA ELECTORAL A partir del primer minuto de este jueves 30 de mayo, los partidos políticos y las candidaturas deben suspender todo acto público y difusión de elementos propagandísticos con fines proselitistas con motivo del inicio del periodo de veda electoral establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.
"Las campañas electorales deberán concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral. El día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales", establece el artículo 396 de dicho Código.
El IECM hizo un atento recordatorio de que quedan prohibidas, a partir de este jueves 30 de mayo, las reuniones públicas, debates, asambleas, visitas, marchas y en general aquellos actos en que las candidaturas se dirijan al electorado para pedir el voto a su favor.
Adicionalmente, el artículo 410 del Código local establece que en el periodo de veda electoral queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de la ciudadanía.
El artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales indica que se impondrá de 50 a 100 días multa, y prisión de 6 meses a 3 años, a quien publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.
Asimismo, en el artículo 9 fracciones I y II de dicha Ley, se señala que se impondrá de 100 a 200 días de multa, y prisión de 2 a 6 años, a la persona funcionaria partidista o titular de una candidatura que el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma (Veda electoral) induzca al electorado a sufragar.
Del total de las quejas recibidas por la autoridad electoral, 909 se encuentran en trámite, 95 en substanciación y 559 más ya fueron concluidas.
Una de las causales de queja es por la vulneración a los principios de equidad.