Transcripción:
Ciudad de México
28/07/2024
Para que la ciudadanía conozca el avance físico y financiero de los proyectos del presupuesto participativo 2023-2024 de sus unidades territoriales, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) publica en su Plataforma Digital de Participación Ciudadana, los informes entregados por las 16 Alcaldías.En la tercera entrega, las Alcaldías de la Ciudad de México tuvieron como fecha límite el pasado 22 de julio para la entrega de sus informes al IECM, mismos que serán publicados en breve por la institución como un ejercicio de transparencia y en cumplimiento a la Guía operativa para el ejercicio de los recursos del Presupuesto Participativo 2023 y 2024 de las Alcaldías de la Ciudad de México.Conforme a la Ley de Participación Ciudadana, las 16 Alcaldías tienen que proveer información y documentación respecto del avance en la ejecución de los proyectos ganadores mediante la plataforma del Instituto Electoral, a través de los reportes de inicio, ejecución y conclusión de los trabajos, soportados con la evidencia documental del avance físico y financiero, contratos formalizados, facturación, geolocalización, y evidencia fotográfica.Los recursos del presupuesto participativo para 2023 y 2024 corresponden al cuatro por ciento del presupuesto total aprobado para cada Alcaldía por el Congreso de la Ciudad de México, conforme al Decreto de Presupuesto de Egresos del respectivo ejercicio fiscal.Además, la ciudadanía tiene el derecho de requerir la información que estimen necesaria para el seguimiento correspondiente de los proyectos del presupuesto participativo por los que votaron en la consulta ciudadana del año pasado, a través de solicitudes de información pública a la Unidad de Transparencia de la Alcaldía respectiva; lo anterior, conforme a la Ley de Transparencia Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.Asimismo, los Comités de Ejecución, los Comités de Vigilancia y las Comisiones de Participación Comunitaria son figuras que participan en el seguimiento a la ejecución de los proyectos ganadores en su Unidad Territorial, donde verificarán y supervisarán los avances físico y financiero de los trabajos. En este sentido, las Alcaldías deberán proporcionar los documentos y soportes que les sean requeridos por escrito, en un plazo no mayor a 3 días hábiles.A su vez, las personas responsables de los Comités de Ejecución y de los Comités de Vigilancia deben informar a la ciudadanía en Asambleas Ciudadanas de Evaluación y Rendición de Cuentas respecto de las actividades desarrolladas en el ejercicio de la función encomendada, así como de los avances reportados por la Alcaldía.Como instrumento de democracia participativa, el presupuesto participativo se debe orientar esencialmente al fortalecimiento del desarrollo comunitario, la convivencia y la acción comunitaria, que contribuya a la reconstrucción del tejido social y la solidaridad entre las personas vecinas y habitantes de cada Unidad Territorial. De ninguna forma suple o subsana las obligaciones de las Alcaldías que como actividad sustantiva deban realizar.Mediante el presupuesto participativo, la ciudadanía ejerce el derecho a decidir sobre la aplicación del recurso que otorga el Gobierno de la Ciudad, para que sus habitantes optimicen su entorno, proponiendo proyectos de obras y servicios, equipamiento e infraestructura urbana y, en general, cualquier mejora para sus unidades territoriales.
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